Escuela para Padres

lunes, 28 de septiembre de 2015

escudo.jpgInstitución Educativa RAFAEL URIBE URIBE
Reconocimiento Oficial Resolución No. 3878 de Junio 19 de 2015
NIT. 800079926-7  Código DANE 173268001346
Espinal-Tolima

Gracias a las Instituciones que participaron de la MARATÓN WEB. Resultados

1. Institución Educativa Técnica  Nuestra Señora de Fátima
2. Institución Educativa Técnica San Isidoro
3. Colegio Nuestra Señora del Rosario.

miércoles, 29 de julio de 2015



RESOLUCION No ______ DE 2015

Por medio de la cual se modifica  la Resolución número 009 de marzo 5 de 2012.

EL SUSCRITO RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAFAEL URIBE URIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, Y EN ESPECIAL DE LAS CONFERIDAS EN LA LEY 115 DE 1994. Y

CONSIDERANDO:

a.    Que la Ley General de Educación, faculto a los establecimientos educativos para establecer su plan de estudios particular, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración, de conformidad con las disposiciones vigentes y con su Proyecto Educativo Institucional,

b.    Que es función del Rector conformar la Comisión de Evaluación y Promoción y asignarle sus funciones,

c.    Que es necesario difundir los criterios de evaluación y promoción cuando los estudiantes superen los logros previstos, como también cuando no los alcancen,

d.    Que se hace necesario reglamentar el funcionamiento de esta Comisión para garantizar a los estudiantes el debido proceso en la evaluación y promoción académica.

RESUELVE:

ARTICULO 1. Crear en la Institución Educativa Rafael Uribe Uribe del municipio de El Espinal Tolima, la Comisión de Evaluación y Promoción Escolar para cada uno de los grados.

CAPITULO 1: CONFORMACION

Artículo 2. La Comisión de Evaluación y Promoción que se establece en la institución estará integrada por los siguientes miembros;

Rector, quien la preside
Coordinador académico, de disciplina y/o delegados.
Dos representantes de los padres de familia por grado
El o directores de cada grupo
Orientador(a) Escolar.

Artículo 2. Cada uno de los miembros de la Comisión tomara posesión ante el Rector.

CAPITULO 2. OBJETIVOS

Artículo 3. Se establecen para la Comisión de Evaluación y Promoción los siguientes objetivos:

a.    Determinar que los criterios de evaluación y promoción se fundamenten en las reglamentaciones legales y en el Proyecto Educativo Institucional (Constitución Nacional, Ley 115, Decreto 1860, Decreto 1290, Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes).

b.    Desarrollar procesos para una justa evaluación y promoción académica de los estudiantes, teniendo claridad en los conceptos de evaluación y calificación.

c.    Analizar las causas de la deserción escolar y establecer correctivos, utilizando para ello el registro de deserción y los informes presentados por los directores de grupo y coordinación.

d.     Procurar elevar los niveles de promoción en concordancia con el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

e.    Analizar la reprobación de estudiantes según las características y circunstancias propias y hacer las recomendaciones pertinentes.

f.     Gestionar capacitación y actualización al personal docente sobre los diferentes tipos de evaluación que pueden utilizarse y

g.    Sugerir nuevas formas evaluativas  basadas en criterios de ritmos de aprendizaje, objetivos del milenio, contexto, e inteligencias múltiples, necesidades educativas especiales.

CAPITULO 3: FUNCIONES DE LA COMISION DE EVALUACION

Artículo 4: Se establecen como funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción las siguientes:

a.    Analizar casos persistentes de superación e insuficiencia en la consecución de los logros de los estudiantes:

b.    Ratificar la promoción de los estudiantes que hayan obtenido los logros previstos del respectivo grado, de acuerdo con sus características individuales.

c.    Como última instancia del proceso de evaluación, recomendar el cambio de evaluador en las áreas donde se presenten deficiencias e insuficiencias significativas.

d.    Hacer seguimiento a las recomendaciones  dadas por la comisión sobre las diversas formas de evaluar y calificar, especialmente con los estudiantes que reprueban.

e.    Ratificar la reprobación de los estudiantes según los términos de la legislación vigente y de los reglamentos internos.

f.     Remitir a orientación escolar los estudiantes con casos persistentes de desempeños académico y disciplinario insuficientes.

Artículo 5. Son funciones de los miembros, los siguientes:

1.    Del Rector:

a. Citar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias
b. Velar por el buen desarrollo de las actividades programadas por la comisión, y d. Informar a la comunidad educativa, las decisiones adoptadas en las reuniones siempre que sea pertinente.

2.    Del Coordinador.

a. Ser el secretario de la Comisión                                                                          
b. Comunicar las citaciones  a las reuniones ordinarias y extraordinarias
c. Verificar el quórum y elaborar las actas de cada reunión realizada
d. Elaborar el orden del día de común acuerdo con el Rector
e. Recibir y enviar la correspondencia de la Comisión y
f. Mantener actualizado y organizado el archivo de la Comisión.
g. Hacer seguimiento a las recomendaciones  dadas por la comisión.

3.    De todos los miembros

a. Recoger de toda la comunidad educativa inquietudes que se presenten en relación con la evaluación y la promoción de estudiantes.
b. Estudiar en la Comisión los casos de los estudiantes que persistan en las deficiencias de logros o en la insuficiencia de los mismos, para tomar las medidas del caso y,

CAPITULO 4: DEBERES, DERECHOS Y SANCIONES

Artículo 6: Deberes: Se establecen para los integrantes de la Comisión los siguientes:

a. Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas:
b. Participar activamente aportando ideas e iniciativas que contribuyan a la toma de decisiones acertadas: y
c. Acatar las decisiones de la Comisión.

Articulo 7. Derechos: Se establecen para los integrantes de la Comisión los siguientes:

a. Todo miembro tiene voz y voto, excepto los invitados
b. Presentar propuestas e iniciativas que permitan el adecuado funcionamiento de la Comisión.
c. Conocer ampliamente el desempeño académico y disciplinario de los estudiantes.

CAPITULO 5: CRITERIOS DE EVALUACION

Artículo 8. La Comisión aplicará lo estipulado en el decreto 1290 de 2009, el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes, disposiciones del Consejo Académico integradas al Proyecto Educativo Institucional, como políticas a seguir en la actividad de evaluación académica.

Artículo 9. Reporte de los logros: Se reportara el cumplimiento de logros de manera descriptiva, por áreas y por grados.

CAPITULO 6: PROCEDIMIENTOS

Artículo 10. Promoción: La Comisión determinara que un estudiante puede ser promovido de un grado a otro cuando cumpla con los criterios establecidos en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

Artículo 11.Reprobacion: La Comisión podrá determinar que un estudiante ha reprobado cuando ocurra una de las siguientes circunstancias:

1.    Que el estudiante haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudios para una determinada área o grado, por periodos que acumulados resulten superiores al veinticinco por ciento (25%) del tiempo total previsto. Estas inasistencias se registran sin excusa y no se aplicará para escuela nueva.

2.    Cuando no alcance los desempeños mínimos establecidos  por el área o grado.

CAPITULO 8: CONDUCTO REGULAR Y RECURSOS

Artículo 12. Se establece el siguiente conducto regular para toda situación relativa a la evaluación y la promoción:

1.      Docente de la asignatura – estudiante
2.      Director de curso – docente – estudiante
3.       Coordinador– docente – estudiante
4.      Orientación Escolar – docente – estudiante – padre de familia
5.      Rector – docente – estudiante – padre de familia
6.      Comisión de Evaluación y Promoción
7.      Consejo Directivo.

Artículo 13. Frente a una decisión tomada por la instancia competente, el estudiante que se considere afectado puede hacer uso de Los siguientes recursos:

1.    Recurso de reposición ante la autoridad que tomo la decisión para que aclare, modifique o revoque el acto impugnado.

2.    La apelación: ante el Consejo Directivo para los mismos efectos cuando ha sido negada la reposición.

CAPITULO 9: QUORUM Y VOTACIONES

Artículo 14. Constituye quórum deliberativo la asistencia de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión y constituye quórum decisorio el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión.

Artículo 15. Los integrantes de la Comisión que no asistan a las reuniones o que habiendo asistido no hayan dado su voto favorable, se acogerán a las decisiones tomadas por la mayoría declarada.

Artículo 16. Las votaciones que se efectúen en el Comisión se realizaran en forma verbal.

Artículo 17. Las decisiones serán consignadas mediante actas  y se comunicará a través de resoluciones.

CAPITULO 10: REUNIONES

Artículo 18. Las reuniones que celebre el Comisión serán de dos clases:

a.    Ordinarias: se realizaran al finalizar cada periodo académico de acuerdo al cronograma institucional, por ciclos de grados con la presencia de todos los docentes pasantes, directores de grupo, y los diagnósticos  académicos y disciplinarios.

b.    Extraordinarias: se efectuara en casos especiales, a juicio del Rector o a solicitud de los miembros de la Comisión. En este caso se precisara el motivo.

CAPITULO 10: VIGENCIA

Artículo 19 La Comisión ejercerá las funciones por un año lectivo, contando a partir del momento en que fue elegida y hasta cuando se designe la nueva por el procedimiento correspondiente.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en la ciudad de El Espinal, Tolima a los _____ días del mes de _________ de _________









EL RECTOR




martes, 17 de marzo de 2015

RESEÑA HISTÓRICA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAFAEL URIBE

El Colegio de Bachillerato Académico “Rafael Uribe Uribe” de El Espinal, fue creado mediante Ordenanza No. 073 de Diciembre 21 de 1.987 de la Asamblea del Departamento por gestión de los señores RUPERTO NÚNEZ y ANTONIO MARÍA VILLANUEVA.

Las labores académicas de iniciaron en el año 1990 y desde entonces han ejercido como Rectores: El Ingeniero Agrónomo HÉCTOR LÓPEZ CONDE, desde la iniciación hasta el año  1992. La Licenciada ANA JOSEFA PORTELA GUZMÁN, durante los años 1993 -1994 y 1.995 y el Licenciado RAFAEL NIETO RODRÍGUEZ, a partir de 1.996.

Para la consolidación y desarrollo de la Institución se presentaron muchas dificultades por falta de planta física, de docentes y de personal de servicios, materiales y equipos; puesto que al ser creado, no se asignaron los recursos físicos, humanos, ni didácticos necesarios para funcionar por lo menos en condiciones aceptables.

Algunas de estas dificultades se han ido superando poco a poco mediante la colaboración de la comunidad y las administraciones locales como las de los alcaldes EDGAR BARRETO HERNÁNDEZ, durante la cual se elaboraron los planos y se dio comienzo a la construcción de la planta física y RAFAEL VANEGAS DÁVILA, que continuo la obra de la planta física y contribuyó a mejorar la dotación.

La ampliación de cobertura en sus pocos años de existencia ha sido considerable, de una matrícula inicial de 283 estudiantes en 1.990, se ha pasado a 628 en 1996, lo cual representa un incremento del 122%  en sus tres promociones iniciadas en el año de 1.994.

Reconocimiento especial merecen los primeros Docentes: RAINERIO SALAZAR GUTIERREZ, MARÍA DANIS DÍAZ DE MUÑOZ, MARTHA CECILIA MARTÍNEZ, MARIELA BRIÑEZ, ADRIANA REYES, SORAYA JIMÉNEZ MONTAÑÁ, DELIA HERNÁNDEZ y FLOR ANGELA GUZMÁN, quienes con mucho esfuerzo y dedicación iniciaron la vida laboral del plantel.

El ciclo básico de la secundaria Académica, fue aprobado por Resolución No.480 de Octubre de 1992, siendo Rector el Ingeniero HÉCTOR LÓPEZ CONDE y Coordinador el Licenciado JESÚS ELEÁZAR URIBE PÁRAMO.

En el año 1.994, siendo Rectora la Licenciada ANA JOSEFA PORTELA GUZMÁN, y coordinadores la Licenciada MARTHA CECILIA GARCÍA ARDILA y el Licenciado RAFAEL NIETO RODRÍGUEZ, se logró la aprobación de la Media Académica mediante Resolución No. 757 de Noviembre 29 de 1.994.

En 1.996 obtuvo el premio al mejor Colegio del Núcleo Educativo No. 27 de El Espinal, otorgado por el Ministerio de Educación Nacional.

Hacia el año 2000, y gracias a la gestión de los docentes JORGE ENRIQUE LADINO VÀSQUEZ y CARLOS ALMIR GARCÌA MONTEALEGRE, desde un proyecto de grado, se logró la construcción y dotación de la sala de sistemas para secundaria con veinte PC de escritorio.

El 3 de octubre de 2002, la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima expidió la resolución número 1211 donde se incorporaba la sede Germán Huertas Combariza.

El 19 de noviembre de 2002 mediante la resolución 1404 se incorporaron las sedes Agua Blanca Alta, Agua Blanca Baja y la Joya.

En el año 2003, obtuvo reconocimiento de labores como Institución Educativa  “Rafael Uribe Uribe”, Siendo rector el licenciado LUIS IGNACIO HERRERA LOZANO. En ese momento se contaba con sala múltiple, laboratorio de biología, química y física, biblioteca. Ello demuestra el creciente interés de la comunidad por fortalecer  la institución y proyectarla con eficiencia y calidad. En el año 2005, gracias a la gestión realizada por el señor rector y el Trabajador Social LUIS FRANCISCO CORTÉS GUZMÁN, se obtuvo para la sede principal un Centro Comunitario de Acceso a Internet (TELECENTRO) que entregó cinco PCs de escritorio y una impresora para la sede. De la misma manera desde el año 2005 se ha contado con servicio de internet 24 horas desde el programa Compartel del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. En el año 2010, dentro del desarrollo de la política de responsabilidad social, La Cooperativa de Transportadores del Tolima “COOTRANSTOL”, construyó un salón que se destinó como Aula de Audiovisuales y se dotó de PC, TV, VideoBeam, Grabadora y Audio.

Bajo la Dirección del Lic. LUIS IGNACIO HERRERA LOZANO, en el año 2008 se obtuvo reconocimiento oficial de estudios hasta el año 2010, según Resolución No. 2038 del 24 de Noviembre de 2008. La gestión en la rectoría del Licenciado LUIS IGNACIO HERRERA LOZANO, se ejecutó hasta el 19 de agosto de 2009, dejando una huella imborrable en la comunidad uribista.

Siendo rector el Licenciado JOSÉ ALIRIO RODRÌGUEZ SIERRA, y gracias a la gestión ante el programa Computadores para educar del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se dotó la sala de computación para la básica primaria con veinte PCs de escritorio y un Videobeam.

En el año 2011 y dentro de la política municipal de educación se construyó el coliseo cubierto que alberga aproximadamente 800 personas y fue entregado a la comunidad por administración del alcalde MAURICIO ORTÍZ MONROY.

El 26 de octubre de 2011 mediante la resolución 05261, se dio reconocimiento de estudios hasta próxima visita.

En el año 2012, la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima, designo a una profesional en psicología como docente orientadora de tiempo completo, para desarrollar las labores como Psicorientadora, actividad que viene cumpliendo la psicóloga PAOLA HERRERA.

En el año 2012 el licenciado ASDRUAL CRUZ, dese el área de matemáticas gestionó y organizó la sala de matemáticas que es un espacio lúdico donde los estudiantes practican a través de juegos. De la misma manera y desde el congreso nacional EDUCA DIGITAL, se gestionó la donación de PCs para la Institución, afortunadamente fueron asignados cuarenta PC portátiles que reforzarán el trabajo de la Institución en la implementación de las Tics desde la practica pedagógica.

El licenciado JOSÉ ALIRIO RODRÍGUEZ SIERRA, oficio como rector de la Institución hasta el 28 de febrero de 2013, dejando balance positivo de su gestión en los cuatro años que ejerció, en su reemplazo la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima; designó en calidad de rectora encargada a la Licenciada DERLY TORRES RODRÍGUEZ.

En el año 2013 la Institución cuenta con banda marcial, salas de cómputo para secundara, primaria, la Joya, Agua Blanca Alta, Agua Blanca Baja, Germán Huertas Combariza, a excepción de la última todas con conectividad Compartel, Coliseo Cubierto, Sala Múltiple, Sala de Audiovisuales, Laboratorio de física, química, sala de matemáticas, biblioteca, cafetería, psicorientaciòn.

En diciembre de 2013, la Secretaría de Educación y Cultura del Tolima, designó como rector en propiedad al Licenciado HUMBERTO BOHORQUÉZ ACOSTA.

En enero de 2015, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, instaló un kiosco vive digital en la sede Agua Blanca Baja, para el servicio de la comunidad.
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